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DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD: DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE SECRETOS – ARTÍCULO 197

DELITOS REVELACIÓN DE SECRETOS PROFESIONALES

¿Qué es el delito de descubrimiento de relación de secretos según el Código Penal?

El delito de descubrimiento de relación de secretos está regulado en el artículo 197 del Código Penal y se refiere a la vulneración de la intimidad de otra persona sin su consentimiento. Este delito abarca acciones como la interceptación de comunicaciones, el apoderamiento de documentos personales o la obtención de información privada de manera no autorizada, por ejemplo , por parte de un empleado.

¿Cuál es el bien jurídico protegido en los deditos contra intimidad?

El bien jurídico protegido en los delitos contra la intimidad es la intimidad en sí misma, tanto personal como familiar. Este derecho está respaldado por el artículo 18 de la Constitución y abarca la protección de datos personales, comunicaciones privadas y la privacidad en general en un entorno tecnológico cada vez más presente en nuestras vidas.

¿Cuál es el castigo para quienes vulneren la intimidad de otra persona según el Código Penal?

Según el Código Penal, aquellos que vulneren la intimidad de otra persona sin su consentimiento pueden enfrentar penas de prisión que van desde 1 hasta 4 años, así como multas que oscilan entre 12 y 24 meses. Las acciones que constituyen este delito van desde la interceptación de comunicaciones hasta el apoderamiento de documentos personales que contengan información privada.

¿Cuál es la diferencia entre un delito de revelación de secretos y un delito de revelación de datos reservados?

La diferencia radica en que el delito de revelación de secretos implica la vulneración de la intimidad y la revelación de información privada sin autorización, mientras que el delito de revelación de datos reservados se refiere al acceso, modificación o utilización de datos personales o familiares sin autorización, protegiendo así el derecho a la privacidad y control de la información.

¿Qué se considera como datos sensibles en el contexto de protección de la intimidad?

Los datos sensibles son aquellos que afectan a aspectos como la ideología, la religión, la filiación sindical, la salud, el origen racial, la orientación sexual, la vida sexual, entre otros. Estos datos están especialmente protegidos, ya que su divulgación sin autorización puede suponer un grave perjuicio debido a su naturaleza íntima.

¿Qué implicaciones tiene el acceso no autorizado a datos sensibles?

El acceso no autorizado a datos sensibles, como la orientación política, la salud o la orientación sexual, puede causar un perjuicio grave al titular de dichos datos o a terceros. La mera obtención o manipulación de esta información puede vulnerar la intimidad y el derecho a la privacidad, generando consecuencias legales y éticas importantes para el responsable de dicha acción.

¿Qué dificultades pueden surgir al establecer la delimitación entre ilícito administrativo e ilícito penal en materia de protección de datos?

La delimitación entre lo que constituye un ilícito administrativo y un ilícito penal en el ámbito de protección de datos puede plantear problemas debido a la capacidad sancionadora de la agencia correspondiente. Es crucial tener en cuenta los niveles de protección penal, administrativo y civil, especialmente al tratar con datos sensibles donde la diferenciación de ilícitos puede ser complicada.

¿Dónde deben encontrarse los datos personales según la normativa de protección de datos?

De acuerdo con la normativa vigente, los datos personales deben estar alojados en ficheros, como soportes informáticos, electrónicos o telemáticos. Un fichero se define como un conjunto organizado de información sobre un grupo de individuos cuyo acceso está restringido a personas específicas o con propósitos definidos.

¿Cuál es la penalización por difundir datos obtenidos sin autorización en materia de protección de datos?

La difusión de datos obtenidos sin autorización puede llevar a penas de 2 a 5 años, dependiendo de si los datos se revelan o ceden a terceros. En ciertos casos, si el sujeto que difunde los datos no está implicado en su descubrimiento ilícito, la pena puede ser de 1 a 3 años, además de una multa adicional. Es crucial respetar la confidencialidad y la autorización al manejar información sensible.

¿Cómo pueden actuar las empresas ante la posible divulgación indebida de información privilegiada?

Las empresas pueden recurrir al código penal , para tomar acciones legales contra aquellos empleados o socios que divulguen información privilegiada de la empresa.